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18/02/2010 Solar
Industria inscribe 980 solicitudes de instalaciones FV en la primera convocatoria del Registro de preasignación de 2010
 
Aunque inicialmente se presentaron 3.571 solicitudes de instalaciones FV a la primera convocatoria del Registro de preasignación de 2010, tan sólo se han inscrito 980. De la cifra total, 430 corresponden a proyectos sobre cubierta con una potencia igual o inferior a 20 kW, 480 son proyectos sobre cubierta cuya potencia supera los 20 kW, y las 70 solicitudes restantes corresponden a proyectos FV sobre suelo. En total, en las cinco convocatorias resueltas hasta la fecha se han inscrito 3.468 instalaciones, que suman una potencia de 621 MW.

Con un resultado de 980 nuevas solicitudes inscritas en el Registro de preasignación de retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha resuelto la convocatoria correspondiente al primer trimestre de 2010.
Estas instalaciones se suman a las 2.488 inscripciones de las cuatro convocatorias de 2009, primer año de funcionamiento del nuevo modelo de asignación de primas y potencias. El creciente y elevado número de solicitudes presentadas en cada una de las cinco convocatorias realizadas al amparo del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre constata, según la nota de prensa emitida por Industria, “que el nuevo marco retributivo es muy atractivo y estable para los promotores empresariales”.
A esta primera convocatoria de 2010 se presentaron inicialmente 3.571 peticiones. De estas, 1.251 no fueron admitidas por presentarse de forma incorrecta o incompleta, incluso tras el proceso de subsanación de errores, y las 1.055 restantes no han sido inscritas porque, aunque cumplen los requisitos, no entran en el cupo establecido por el Real Decreto antes citado. 
Conviene recordar que el procedimiento de selección, tal como recoge la normativa, es el de la ordenación cronológica de las solicitudes. 
Los tipos I.2 y II, que corresponden a instalaciones sobre cubierta con más de 20 kW de potencia e instalaciones sobre suelo, respectivamente, se han cubierto por exceso, mientras que el tipo I.1, es decir, instalaciones sobre cubierta con potencias iguales o inferiores a 20 kW, ha estado muy cerca de alcanzar el 100% del cupo previsto, produciéndose por primera vez una reducción de la tarifa para la siguiente convocatoria.
En las cinco convocatorias resueltas hasta la fecha, se han inscrito un total de 3.468 instalaciones, correspondiéndose con una potencia acumulada de 621 MW. 

Retribución asignada
La retribución asignada en la convocatoria resuelta es de 34,00c€/kWh para las instalaciones del tipo I.1, de 31,1665c€/kWh para las instalaciones del tipo I.2, y de 28,1045c€/kWh para las instalaciones del tipo II. A partir de este momento, los titulares de las instalaciones disponen de doce meses para finalizar su instalación y ponerla en marcha para tener derecho a esta retribución durante un periodo de 25 años. 
Los interesados podrán consultar en el portal de Internet del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, concretamente en la dirección Pulsar, los listados definitivos de las instalaciones o proyectos inscritos en el Registro de preasignación de retribución asociados a la convocatoria del cuarto trimestre de 2009, así como los correspondientes a los proyectos o instalaciones no inscritos en el mismo, distinguiendo aquellos cuyas solicitudes no han sido admitidas.
Por otro lado, una vez resuelta la primera convocatoria, se han fijado los valores de las tarifas reguladas para las instalaciones que sean inscritas en la segunda convocatoria de 2010. Para el tipo I.1 la tarifa baja hasta los 33,4652c€/kWh, al haberse cubierto por primera vez más del 75% del cupo previsto. Por su parte, como resultado de la potencia inscrita, y en aplicación de fórmula establecida en el artículo 11 del RD 1578/2008, las tarifas de los tipos I.2 y II serán de 30,3099c€/kWh y 27,3178c€/kWh, respectivamente.
Asimismo, se publican los cupos de potencia para la segunda convocatoria de 2010. Los cupos correspondientes a los tipos I.1, I.2 y II pasan a ser de 6,653 MW, 61,439 MW y 51,339 MW, respectivamente, como resultado de los excesos de potencia de la primera convocatoria y de la aplicación del cupo de potencia adicional para 2010 previsto en la disposición transitoria única del RD 1578/2008.

Ejecución de avales
Por otro lado, esta misma semana vencerá el plazo de un año previsto en el Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, para que las instalaciones fotovoltaicas inscritas en el Registro de preasignación en la primera convocatoria de 2009 sean inscritas con carácter definitivo en el Registro administrativo de instalaciones de producción en régimen especial y comiencen a vender energía eléctrica.
Tal y como establece la norma, el incumplimiento de dicha obligación supondrá la cancelación de la inscripción y la pérdida de la retribución que le hubiera sido asignada en dicha convocatoria. Asimismo, supondrá  la ejecución del aval depositado para participar en el procedimiento. 
Aunque la citada norma contempla la posibilidad de solicitar una prórroga de cuatro meses, la concesión de las mismas se reservará a casos muy excepcionales y justificados.
La potencia asociada a las instalaciones que sean canceladas del registro de preasignación se incorporará como potencia adicional a la convocatoria siguiente a su cancelación, en el mismo tipo o subtipo, según corresponda.
Dado el elevado número de solicitudes presentadas en cada convocatoria respecto de los cupos previstos, resulta especialmente importante recuperar aquella potencia que no haya sido ejecutada. 

 
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